Xalapa, Ver. 30 de Enero de 2020.-La LXV Legislatura aprobó por unanimidad el dictamen que reforma el Artículo 153 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a fin de elevar las multas a quienes conduzcan un vehículo en estado de ebriedad, derivado de la iniciativa con proyecto de decreto presentada por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN).

El dictamen de reforma a los incisos a) y b) de la fracción III de dicho artículo fue puesto a consideración del Pleno por la Comisión Permanente de Transporte, Tránsito y Vialidad, y aprobado con 50 votos, durante la Décima Tercera Sesión Ordinaria, última del primer período ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional.

Se mantiene en el ordenamiento que el acto por medio del cual se impongan multas deberá estar fundado y motivado y se aplicará en Unidades de Medidas y Actualización (UMA) y que deberán graduarse en leves, graves, muy graves y especiales.

Las catalogadas como muy graves, es decir, cuando además de poner en peligro la vida o la integridad física, se ocasionen daños a más de una persona o se afecte la vía pública o la infraestructura urbana, mantiene la sanción de 31 a 40 UMAs; sin embargo, por dicha actualización, quien conduzca en estado de ebriedad se hará acreedor a una multa de 80 a 115 UMAs.

Destaca en el Dictamen que, en relación con la mortalidad, el alcohol sigue siendo la sustancia adictiva de mayor consumo, siendo la primera causa de muertes violentas en la población juvenil. En 2012, de cada 100 conductores jóvenes involucrados en accidentes de tránsito, 12 estaban bajo los efectos del alcohol.

Además, México ocupa el séptimo lugar en el mundo en la lista de países que presentan mayor cantidad de muertes por accidentes de tránsito y la segunda posición en América Latina, según la tasa de fallecidos por cada 100 mil habitantes. Anualmente, el país registra más de 24 mil muertes generadas por lesiones en el tránsito, por lo que es la primera causa de muerte en la población de 5 a 34 años de edad.

Quedó asentado en el dictamen que la Comisión dictaminadora coincide con la propuesta del iniciante, ya que “resulta necesario acrecentar las multas a aquellos conductores que bajo la influencia del alcohol operan vehículos automotores, con la finalidad de crear esa conciencia en las y los veracruzanos”.

El segundo transitorio indica que el Ejecutivo estatal deberá emitir, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del Decreto, las disposiciones reglamentarias que correspondan.