México. 12 de abril del 2021.-

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)cuenta con una pensión para aquellas viudas cuyos esposos estaban asegurados por la institución.

 

Requisitos para obtener la pensión
Para la viuda o concubina: Acreditar la relación del concubinato.
Que el asegurado al momento de fallecer hubiese tenido 150 semanas de cotización y se encontraba vigente o en conservación de derechos (seguros de Retiro, Invalidez, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez).

Tratándose del fallecido, en caso de que derivado de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales del IMSS.

Si el asegurado muere por una causa distinta a un riesgo de trabajo, se tendrá que acreditar un mínimo de 150 semanas de cotización que hubiese causado baja del Régimen Obligatorio.

Para realizar el trámite puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas. Da click en este enlace y en este otro para consultar la documentación a presentar.