México. 01 de febrero del 2022 .- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este martes prohibir a los partidos políticos participar en actividades de difusión de la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador; la promoción será una labor exclusiva del Instituto Nacional Electoral (INE).
En sesión del Pleno, los ministros también determinaron que los partidos políticos podrán contar con representantes de casillas durante la jornada de votación.
La norma invalidada, por ocho votos a favor, establecía que los partidos podrían promover la participación ciudadana en la consulta siempre que evitaran utilizar recursos del financiamiento público y/o privado.
Sin embargo, los ministros consideraron que la disposición contravenía al artículo 35 de la Constitución, que señala que “el INE y los organismos públicos locales, según corresponda, promoverán la participación ciudadana y serán la única instancia a cargo de la difusión de los mismos”.
De acuerdo con la Ley de Revocación de Mandato, durante la campaña de difusión, el INE promoverá la consulta a través de radio y televisión, que corresponden a la autoridad electoral.
La promoción deberá ser “objetiva, imparcial y con fines informativos”. No podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, ya sea a favor o en contra de la revocación de mandato.
En cuanto a los representantes de casillas, la SCJN validó que los partidos tengan derecho a nombrar un representante ante cada mesa directiva de casilla, así como un representante general “bajo los términos, procedimientos y funciones dispuestos por la Ley General”