México. 14 de octubre del 2020.-Redes Sociales Progresistas es la segunda organización que obtiene su registro: Fuerza Social por México también será partido político nacional y ambas participarán en las elecciones de 2021.

En la sesión virtual de este miércoles –en la que analiza diversas impugnaciones– la Sala Superior del TEPJF revocó la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) en lo que respecta a Fuerza Social por México Y Redes Sociales Progresistas.

Con estos fallos, procede el registro de ambas organizaciones como partidos políticos nacionales.

En septiembre pasado, el Consejo General del INE negó la conformación de Fuerza Social como partido político al detectar irregularidades en sus asambleas, afiliados y recursos captados.

Pero ahora, al considerar que el INE no justificó de manera exacta las irregularidades, el TEPJF le instruye al Instituto Electoral restituir las asambleas que le quitó a Fuerza Social —razón por la que no alcanzó el requisito de totalidad de asambleas—, para que pueda constituirse como partido político.

Tras la votación, el presidente de la asamblea nacional de Fuerza Social por México, Gerardo Islas, celebró la decisión en su cuenta de Twitter

A Redes Sociales Progresistas se le había negado el registro por posible intervención de una organización sindical; además, se detectó la promesa u otorgamiento de dádivas para lograr afiliación y se confirmaron aportaciones de personas no identificadas para la celebración de asambleas.

Tras el voto en el Tribunal, José Fernando Sánchez, presidente Nacional de Redes Sociales Progresistas, celebró la decisión.

El PES se mantiene como el INE lo votó

En lo que respecta a Encuentro Solidario, conocido como “el nuevo PES”, el Tribunal ratificó su registro como partido político, aun cuando, según reconoció el propio INE, fue la única organización en la que se encontró la participación directa de ministros de culto.

La magistrada Janine Otálora había presentado un proyecto para que se revocara el registro a Encuentro Solidario, al considerar que el INE omitió un análisis sobre la constitucionalidad del principio de laicidad.

Sin embargo, sus colegas de la Sala Superior consideraron que esto no representa una transgresión a la vida política y electoral. De esta manera, por mayoría de votos, el Tribunal Electoral desechó los recursos de apelación contra el “nuevo PES” y negó revocar el fallo del INE sobre su registro