DIFERENTES FORMAS DE FIRMADO ELECTRÓNICO EN MÉXICO.

Por: Mónica Enríquez

Secretaría de Posgrado, Instituto de Ecología, A.C.

 

Palabras clave

Firma electrónica avanzada, digital, digitalizada.

 

Foto 1: https://blog.signaturit.com/es/firma-electronica-simple-vs-avanzada

 

La era de la información o era digital continúa evolucionando y con la nueva normalidad originada por la pandemia por COVID-19, se han potenciado nuevas modalidades de interacción laboral, las comunicaciones y la gestión de trámites.

La firma electrónica que sustituye a la firma autógrafa es una excelente herramienta de trabajo con la que podemos complementar y concretar los trámites electrónicos. Los beneficios de ahorro de tiempo, reducción de costos de operación, entre otros, están dando popularidad a su uso. Recientemente se busca implementarla de manera rápida aprovechando las herramientas disponibles en internet. Sin embargo, constantemente se confunde la firma digitalizada, con la firma electrónica y con la Firma Electrónica Avanzada.

Es importante distinguir entre los diferentes tipos de firmas existentes para adoptar aquella que otorgue los beneficios esperados dependiendo del trámite a efectuar. Esto cobra mayor relevancia porque existen importantes diferencias legales, administrativas y técnicas, que, de no aplicarse correctamente, pueden generar desconfianza y desconcierto a los usuarios de las plataformas electrónicas.

Diversos autores clasifican los tipos de firmas hasta en cuatro modalidades, sin embargo, algunas guardan similitudes en su implementación técnica y también en la validez legal que representan. Por tanto, para simplificar la comprensión se han clasificado en tres.

 

Foto 2: https://blog.signaturit.com/es/firma-electronica-simple-vs-avanzada

 

Firma digitalizada, corresponde a la firma autógrafa digitalizada en alguno de los formatos como PDF, JPG, PNG, SVG o TIFF, ya sea a través de una foto o de un escáner. En general esta firma digitalizada no tiene valor legal, porque no representa la forma original de consentimiento, además de que puede ser reproducida por cualquier persona que cuente con una imagen de la firma autógrafa e insertada en un sin número de documentos que el usuario no firmó.

Firma electrónica (digital, simple), aquella que sustituye a la firma autógrafa y que usa medios de firmado electrónico (como una tableta, lector de huellas digitales, un smartphone, etc.). Esta es la forma más simple de autenticar y dar fe de la voluntad del firmante. Un ejemplo de su uso es en la firma de contratos en los bancos para recibir el consentimiento de los datos personales. Tiene menor grado de seguridad, sirve como elemento probatorio, sin embargo, puede requerir elementos adicionales de prueba. En México, su uso está regulado por el artículo 89 del Código de Comercio, así como el Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

 

Foto 3: https://www.thenewnow.es/negocio/tipos-firma-digital-validez-legal/

 

Firma electrónica avanzada, es la implementación de firmas electrónicas mediante algoritmos criptográficos.  La emisión y validación de estos certificados se efectúan a través de la autoridad certificadora. En México la Ley de Firma Electrónica Avanzada contempla como autoridades certificadoras a la Secretaría de la Función Pública, Secretaría de Economía y el Servicio de Administración Tributaria. Para realizar las transacciones es necesario contar con el certificado digital. Dicho certificado es generado y asociado a la toma de datos biométricos por parte de la autoridad certificadora. Este consiste en un archivo de clave pública .cer y un archivo de clave privada .key además de la contraseña. Ambos se guardan en un medio electrónico como una memoria USB. Cuando se efectúa una operación haciendo uso del Certificado Digital, se efectúa un proceso de verificación de vigencia y de no revocación de este. Por tanto, con este mecanismo se garantiza la autoría e integridad del documento y que dicha firma corresponde exclusivamente a los firmantes. Es posible detectar cualquier alteración de la firma electrónica o del contenido del documento. El código de comercio en su artículo 97 también regula el uso de este tipo de firma. Para finalizar, esta firma proporciona el máximo grado de seguridad y confidencialidad; Identifica a las partes que se conectan remotamente; El procedimiento de verificación es exacto y es imposible su falsificación en la práctica; Es portable, es decir, la firma digital puede ser realizada en diferentes puntos del mundo, de forma simultánea y sin necesidad de testigos; Disminución de riesgos, al proteger la privacidad de los usuarios, prevenir el robo de identidades, proveer confidencialidad de la información y para adjudicar responsabilidad en las transacciones electrónicas.

 

Foto 4: https://www.aner.com/blog/firma-electronica-y-firma-digital-diferencias.html

 

Es importante mencionar que también es posible efectuar una combinación de estas tecnologías de firmado a través de protocolos internos en las instituciones, bien establecidos y normados, de manera que resuelvan las necesidades de cada proceso o transacción oficial.

 

Foto 5: https://quodem.com/blog/econsent-aplicaciones-ventajas-la-firma-digital/

 

Referencias

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFEA_200521.pdf

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LFPDPPP.pdf

https://www.gob.mx/sfp/documentos/firma-electronica-avanzada-fiel

https://www.thomas-signe.com/blog/diferencias-entre-firma-digital-y-firma-electronica-que-son-y-como-funcionan

https://eacnur.org/blog/etapas-historicas-en-el-desarrollo-de-la-humanidad-tc_alt45664n_o_pstn_o_pst/

https://tecnologiaintegrada.com.mx/2016/10/24/la-era-la-informacion/

https://www.acta.es/medios/informes/2021001.pdf

https://www.kimaldi.com/aplicaciones/fidelizacion_de_clientes/uso_de_las_tabletas_de_firma_digital_para_cumplir_con_el_rgpd/

https://www.docusign.mx/blog/que-es-la-firma-electronica

https://blog.signaturit.com/es/firma-electronica-versus-firma-digital-que-se-diferencian

Fotos:

Foto 1 y 2: https://blog.signaturit.com/es/firma-electronica-simple-vs-avanzada

Foto 3: https://www.thenewnow.es/negocio/tipos-firma-digital-validez-legal/

Foto 4: https://www.aner.com/blog/firma-electronica-y-firma-digital-diferencias.html

Foto 5: https://quodem.com/blog/econsent-aplicaciones-ventajas-la-firma-digital/