México. 04 de mayo del 2026.-La SCJN declaró inconstitucional el requisito de cinco años de concubinato para pedir pensión alimenticia, esta eliminación busca proteger a las familias y garantizar el acceso a la seguridad social.
Con esta medida, ya no es necesario cumplir con cinco años de espera que exigían los artículos 41 y 131 de la Ley del ISSSTE para reconocer el concubinato.
La Corte determinó que este requisito atentaba los derechos a la igualdad, no discriminación y protección a la familia.
Se realizarán evaluaciones caso por caso, el requisito automático no se eliminó, no fijaron un tiempo mínimo nuevo, señalando que el concubinato debe acreditarse mediante pruebas testimonios, documentos, etc.
Esto aplica para acceder a pensiones por muerte y servicios de salud del ISSSTE, además, permitirá impactar a miles de personas afiliadas al ISSSTE que viven en concubinato. La SCJN busca justicia constitucional más cercana y garantizando los derechos.
De acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación Este el “criterio se sustentó en los artículos 17 y 123 de la Constitución Política Federal, también como en los artículos 3 y 18 de la Ley Federal del Trabajo, los cuales priorizan la tutela judicial efectiva, los fines del derecho del trabajo y la interpretación más favorable a la persona trabajador”.