México. 15 de octubre del 2025.-El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas a la Ley de Amparo. La iniciativa, promovida originalmente por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, también incluye modificaciones al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
La sesión se prolongó por casi 16 horas, razón tras lo cual el proyecto vio luz verde por la madrugada de este miércoles.
Un punto central de la confrontación política fue la aprobación de una reserva propuesta por el diputado Hugo Eric Flores, a nombre de la bancada morenista, que la oposición tildó de “retroactividad encubierta” o “trampa”.
Y, es que, la reserva modificó el artículo tercero transitorio, el cual establece que las etapas procesales concluidas que generan derechos adquiridos se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos. Sin embargo, las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del decreto se regirán por las nuevas disposiciones.
CAMBIOS CLAVE A LA PROPUESTA
La nueva legislación busca “fortalecer el juicio de amparo como instrumento de defensa” y modernizar los procesos. Entre los cambios aprobados se encuentran:
1. Interés legítimo: Se redefine el concepto, estableciendo que la norma o acto reclamado debe causar una “lesión jurídica individual o colectiva” cuya anulación produzca un “beneficio cierto y no meramente hipotético” en la persona quejosa. Legisladores de oposición advirtieron que este cambio restringirá el derecho de comunidades y organizaciones para interponer recursos, por ejemplo, en materia de protección al medio ambiente.
2. Suspensión de actos reclamados: Se aumentan los requisitos para otorgar suspensiones provisionales. Además, las nuevas disposiciones advierten que en juicios de amparo que reclaman la inconstitucionalidad de normas, “en ningún caso la suspensión podrá concederse con efectos generales”.
3. Cuentas bancarias: Se prevé la improcedencia de la suspensión para “descongelar” cuentas bancarias si ello permite la comisión o continuación de acciones que favorezcan el “lavado” de dinero.
4. Modernización procesal: La reforma incorpora el uso del amparo en línea y establece que los jueces tendrán 90 días naturales para dictar sentencia después de la audiencia constitucional.
5. Perjuicio al interés social: Se modificó el artículo 129 para considerar perjuicio al interés social si continúan actividades que requieren permisos o concesiones federales que han sido revocados o carecen de validez.