México. 30 de abril del 2025.-Aprobó el Senado de la República, en fast track y por unanimidad, la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
En solo diez minutos se presentó, discutió y votó el dictamen que permite a trabajadores de organismos públicos, empresas de seguridad y ciudadanos portar armas si justifican su necesidad.
La reforma, ya avalada por la Cámara de Diputados y enviada al Ejecutivo, establece que la portación deberá ser autorizada por la Secretaría de la Defensa Nacional. También permite a militares portar cargadores y municiones sin licencia, con solo acreditar su personalidad militar vigente.
“El personal operativo… podrá usar, cuando lo justifique, armas automáticas de calibre 7.62 mm”, se indicó.
Además, la ley autoriza a ejidatarios, comuneros y jornaleros poseer rifles calibre .22 o escopetas menores a calibre 12 fuera de zonas urbanas.
La Sedena tendrá control total del armamento a través del Registro Federal de Armas de Fuego. Las penas por fabricar o exportar armas o explosivos ilícitos irán de siete a 15 años de prisión y multas de hasta dos mil Umas.